Buscar este blog

viernes, 11 de diciembre de 2015

GRUPO DIA - 2015 II

1.¿Qué persona de la mesa directiva pone en consideración los estados financieros?
RTA: El presidente de la junta directiva

2.¿Como se hace la asignación de honorarios del revisor fiscal, quien los asigna?
RTA: En algunas empresas los asignaran de acuerdo al valor de los activos
En otras estos están establecidos en lo estatutos de la empresa.
En otras ocasiones es el Revisor Fiscal hace la propuesta de sus honorarios en la asamblea y ellos dirán si están de acuerdo o no.
Los aumentos que se hacen en el año siguiente, se harán teniendo en cuenta la inflación.

3.¿Se publica en el periódico el monto establecido?
RTA: No se publica

4.¿Quien elige al gerente?
RTA: La junta directiva Art 198 del código de comercio.

5.Cociente Electoral
Artículo 197 Código de Comercio establece la elección de Junta o Comisión por Cociente Electoral, por lo que de dicha norma, podemos resaltar los aspectos más importantes:

Se divide el número total de los votos válidos (incluyendo los votos en blanco) por el número de cargos a elegirse.

Irá de mayor a menor votación, cada lista tendrá tantos cupos cuantas veces quepa el cociente en el número de votos obtenidos por la lista.
Si quedaren puestos por proveer, éstos serán para los residuos más altos, en orden descendente.

En caso de empate de los residuos decidirá la suerte.

EJEMPLO: A una asamblea asisten 240 asociados hábiles, o delegados representadas en 240 acciones.

Se va a elegir la Junta Directiva, que conforme al estatuto estará conformado por 5 miembros principales y cinco miembros suplentes.

En la asamblea los asociados o los delegados presentan dos (2) planchas, así:

PLANCHA NÚMERO 1

PRINCIPAL                                                  SUPLENTE
· PEPITO MENDIETA ALEGRIA                RESPECTIVO
· JUANITO ALIMAÑA CARACAS               RESPECTIVO 
· JOSE ARMANDO CASAS                        RESPECTIVO
· JOSELITO CARNAVAL                            RESPECTIVO
· JUANITA  PACHANGA                             RESPECTIVO

  
PLANCHA NÚMERO 2

 PRINCIPAL                                                   SUPLENTE
 ESTHERCITA DE LA CRUZ                        RESPECTIVO
BENITO   MUELAS ARRIBA                         RESPECTIVO
CARLOS SACARIAS PIEDRAS                    RESPECTIVO
ARISTARCO MARIA DOLORES                   RESPECTIVO
ROSA MARGITA FLORES                            RESPECTIVO

TOTAL PODER VOTANTE                                 240
TOTAL VOTOS VÁLIDOS:                                  240
COCIENTE ELECTORAL 240/5 = 48
VOTOS VÁLIDOS PLANCHA 1                          160
VOTOS VÁLIDOS PLANCHA 2                            80

PLANCHA NÚMERO 1              160/48 = 3,33                                      3 renglones por cociente               Residuo .33
PLANCHA NÚMERO 2                80/48 = 1,66                                      1 renglón por cociente                    Residuo .66
Como falta un renglón, este se toma de la PLANCHA NÚMERO 2: El residuo de esta plancha es mayor que el de plancha número 1
Entonces la junta quedaría conformada así:

  
PRINCIPALES
SUPLENTES
PLANCHA
PEPITO MENDIETA ALEGRIA
SUPLENTE RESPECTIVO
PLANCHA 1
JUANITO ALIMAÑA CARACAS
SUPLENTE RESPECTIVO
PLANCHA 1
JOSE ARMANDO CASAS
SUPLENTE RESPECTIVO
PLANCHA 1
ESTHERCITA DE LA CRUZ MADERA
SUPLENTE RESPECTIVO
PLANCHA 2
BENITO MUELAS ARRIBA
SUPLENTE RESPECTIVO
PLANCHA 2

Todos estos datos, respuestas, análisis y cálculos en base a las respectivas investigaciones en oficinas de cámara de comercio y fuentes en Internet que nos han suministrado toda la información.

Video Asamblea Grupo 02


https://youtu.be/uGp1HQln4Vw

martes, 8 de diciembre de 2015

Evidencia Fotográfica de la Simulación de Asamblea General de Accionistas 2015-II grupo noche

revisoriafiscalupc02's Evidencia Asamblea General de Accionistas album on Photobucket

Asamblea General de Accionistas 04 de diciembre de 2015-Grupo noche 2015-II

Documentos de Asamblea General de Accionistas 2015-II grupo noche


EN EL SIGUIENTE LINK SE PODRA DESCARGAR UN ARCHIVO COMPRIMIDO CON LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS:

1. GUIÓN ASAMBLEA PASO A PASO
2. INFORME DE GESTION DE GERENCIA
3. INFORME DE PRESIDENCIA DE LA JUNTA DIRECTIVA
4. ESTADOS FINANCIEROS
5. ANALISIS HORIZONTAL DE LOS ESTADOS FINANCIEROS
6. NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
7. INFORME Y DICTAMEN DEL REVISOR FISCAL
8. ACTA DE ASAMBLEA

INSTRUCCIONES: LUEGO DE HABER DESCARGADO EL ARCHIVO, EL CUAL TENDRA EL SIGUIENTE ICONO:  

DAR CLICK DERECHO SOBRE EL ARCHIVO Y SELECCIONAR LA OPCION: EXTRAER AQUI O EXTRACT HERE (SI ESTA EN INGLES), LUEGO SE EXTRAERÁ LA CARPETA QUE CONTIENE LOS ARCHIVOS.

Ejemplo de Calculo de Cociente Electoral Grupo noche 2015-II



En una asamblea asisten 240 asociados se va a hacer una elección a x cargo conformado por 5 miembros principales y sus suplentes en la asamblea se presentan dos plantas.

la primera plancha
PEPITO MENDIETA ALEGRIA
RESPECTIVO
· JUANITO ALIMAÑ CARACAS
RESPECTIVO
· JOSE ARMANDO CASAS DE BAREQUE
RESPECTIVO
· JOSELITO CARNAVAL DECEMBRINO
RESPECTIVO
· JUANITA DEL SOCORRO PACHANGA CHARANGA
RESPECTIVO

la segunda planch
PRINCIPAL
SUPLENTE
ESTHERCITA DE LA CRUZ MADERA
RESPECTIVO
BENITO MUELAS ARRIBA
RESPECTIVO
CARLOS SACARIAS PIEDRAS DEL RIO
RESPECTIVO
ARISTARCO MARIA DOLORES FUERTES
RESPECTIVO
ROSA MARGITA FLORES ROJAS
RESPECTIVO

total votos = 240 validos se incluyen los votos en blanco
numero de cargos= 5


cociente electoral = total votos / numero de cargos
                                 = 240/5
                                 =84


lista 1= 160 votos
160/84= 3,33      3 renglones por cociente ( residuo 0,33)

lista 2= 80 votos
80/84=1,66        1 renglones por cociente ( residuo 0,66)


como falta un renglón para completar los cincos se toma el residuo de la plancha 2 que es mayor que el de la plancha 1

de acuerdo al resultado arrojado los el elegidos son:
PRINCIPALES
SUPLENTES
PLANCHA
· PEPITO MENDIETA ALEGRIA
SUPLENTE RESPECTIVO
PLANCHA 1
· JUANITO ALIMAÑA CARACAS
SUPLENTE RESPECTIVO
PLANCHA 1
· JOSE ARMANDO CASAS DE BAREQUE
SUPLENTE RESPECTIVO
PLANCHA 1
ESTHERCITA DE LA CRUZ MADERA
SUPLENTE RESPECTIVO
PLANCHA 2
BENITO MUELAS ARRIBA
SUPLENTE RESPECTIVO
PLANCHA 2

Cuorum Aporte grupo noche Revisoria Fiscal 2015-II




¿Qué es Quórum?
Cuando una sociedad realiza su Asamblea General de Accionistas o Junta de Socios, debe contar con una participación mínima de accionistas/socios y su respectivo porcentaje accionario o capital social para que se pueda surtir con legalidad.
El no contar con dicha participación mínima (o quórum) puede significar la nulidad de cualquier decisión que se tome como por ejemplo las Reformas Estatutarias o la Creación de Acciones Privilegiadas, Nombramientos, Fusiones o Disoluciones anticipadas, etc.
Clases de Quórum en una sociedad
Quórum Deliberante: es el número mínimo de personas con su respectivo porcentaje accionario o social que se necesita para que se pueda desarrollar la Reunión, Asamblea o Junta.
Quórum Decisorio: es el número mínimo de personas con su respectivo porcentaje accionario o social que se necesita para que se pueda tomar decisiones en la Reunión, Asamblea o Junta.
Quórum Deliberante y decisorio
En las sociedades para que se pueda deliberar, es necesario la presencia de un número plural de personas que representen la mayoría absoluta de las acciones suscritas (mitad mas una de las acciones).
Para tomar una decisión, debe ser por la mayoría de las acciones presentes.
Ojo. Para las reformas estatutarias, es necesario que vote un número plural de accionistas o socios y que estos representen mínimo el 70% de las acciones presentes.
Es menester aclarar, que dicho quórum (deliberatorio y decisorio) son los mínimos que establece el Código de Comercio en su artículo 427, pero eso no es obstáculo para que por estatutos, la sociedad aumente dichos porcentajes para el quórum deliberatorio y decisorio.
Ejemplo:
Sociedad con 150 acciones suscritas
Quórum mínimo para deliberar: 76 acciones (representadas por un número plural de personas).
Quórum mínimo para decidir: 39 acciones.
Quórum mínimo para decidir reformas estatutarias: 70% de las acciones presentes (70% de 76 acciones)
Quórum en Reuniones por Derecho Propio
Toda sociedad debe tener mínimo una reunión general al año, pues es para la aprobación de estados financieros, elección de órganos de dirección, etc. y ésta, en caso de no ser convocada por el representante legal, da derecho a que los accionistas o socios se reúnan por derecho propio el primer día hábil de Abril, caso en el cual, el quórum deliberatorio y decisorio será válido con un número plural de socios o accionistas, sin importar el número de acciones o cuotas sociales que posean.
La misma regla del quórum aplica para las segundas convocatorias, debidamente convocadas. (Art. 429 Código de Comercio).
Quórum en las SAS
En las Sociedades por Acciones Simplificadas –SAS-, se presenta una particularidad y es que en este tipo de sociedades así como puede haber varios accionistas, también podría haber uno solo.
O sea, que es este tipo de sociedad donde no se cuenta el número de accionistas “Persona”, sino que basta con que esté presente uno o varios accionistas que representen mínimo la mitad más una de las acciones.
En el caso del quórum decisorio, en las SAS al lograrse la asistencia mínima mencionada en el punto anterior, basta con que la mitad mas uno de las acciones presentes, tome la decisión.
Por supuesto que la libertad estatutaria faculta a la sociedad a implementar unas mayorías especiales, o sea, superiores a los mínimos establecidos en la ley, pero en caso de silencio en los estatutos, el quórum en las SAS es el que se explica. (Ley 1258 de 2008, artículo 22)
Veamos un ejemplo del quórum deliberatorio y decisorio mínimo en una SAS:
Acciones: 150
Quórum mínimo para deliberar: 76 acciones presentes en la Asamblea.
Quórum mínimo para decidir: 39 acciones
Ley 1258 de 2008, artículo 22Quórum y Mayorías en la Asamblea de Accionistas. Salvo estipulación en contrario, la asamblea deliberará con uno o varios accionistas que representen cuando menos la mitad más una de las acciones suscritas.
Las determinaciones se adoptarán mediante el voto favorable de un número singular o plural de accionistas que represente cuando menos la mitad más una de las acciones presentes, salvo que en los estatutos se prevea una mayoría decisoria superior para algunas o todas las decisiones.